Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0022/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0022/2012

    Fecha: 16-Feb-2012

    2) Hace referencia, que de la fundamentación que realizaron los Vocales de la Sala Penal

    2) Hace referencia, que de la fundamentación que realizaron los Vocales de la Sala Penal Tercera, claramente se demuestra que el Auto de Vista motivo del presente recurso, es una simple mención y enumerativa de los artículos del Código de Procedimiento Penal y una transcripción casi fiel de la apelación y la Sentencia con una falta de fundamentación completa en cada punto de la apelación restringida
    • Expediente: Cochabamba 5/2012
    • Delito: Violación de niño, Niña o Adolescente
    • Por memorial presentado el 6 de octubre de 2011, cursante a fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, Raúl Simón Carvajal Arce, interpuso el recurso de apelación restringida;
    • 1) Señala que, el Auto de Vista es contrario con los precedentes dictados, como ser
    • 2) Hace referencia, que de la fundamentación que realizaron los Vocales de la Sala Penal
    • Mediante Auto Supremo 007 de 30 de enero de 2012, este Tribunal admitió el recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • El art
    • Se debe tener presente que la Sala Penal Tercera al pronunciar el Auto de Vista
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Firmado

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca