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    Auto Supremo AS/0073/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0073/2012

    Fecha: 12-Abr-2012

    Bajo los razonamientos analizados, no resulta incongruente el Auto de Vista en los términos impugnados

    Bajo los razonamientos analizados, no resulta incongruente el Auto de Vista en los términos impugnados. De todo lo examinado, se establece que el Recurso de Casación planteado, carece de sustento legal que haga válida su pretensión
    • VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Flora Mirtha Orellana Aguilar (fs
    • CONSIDERANDO: Que dicho recurso tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
    • Que la recurrente acusó que el Tribunal de Alzada: a) Dictó una resolución incongruente en
    • Finalizó solicitando, ante existencia de defectos e inobservancia de la Ley Nro
    • CONSIDERANDO: Que conforme el Auto de Admisión Nro
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    • Finalmente, conforme ya ha sido establecido por este Tribunal Supremo, el incumplimiento de plazos procesales,
    • Bajo los razonamientos analizados, no resulta incongruente el Auto de Vista en los términos impugnados
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
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