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    Auto Supremo AS/0073/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0073/2012

    Fecha: 12-Abr-2012

    CONSIDERANDO: Que conforme el Auto de Admisión Nro

    CONSIDERANDO: Que conforme el Auto de Admisión Nro. 56/2012 de 27 de marzo de 2012, el análisis del presente recurso, se circunscribe a la verificación de las denuncias efectuadas en la citada resolución, por lo que corresponde verificar la posible concurrencia de los defectos absolutos, que a entender del recurrente vulneran sus derechos y garantías constitucionales
    • VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Flora Mirtha Orellana Aguilar (fs
    • CONSIDERANDO: Que dicho recurso tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
    • Que la recurrente acusó que el Tribunal de Alzada: a) Dictó una resolución incongruente en
    • Finalizó solicitando, ante existencia de defectos e inobservancia de la Ley Nro
    • CONSIDERANDO: Que conforme el Auto de Admisión Nro
    • 1
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    • Finalmente, conforme ya ha sido establecido por este Tribunal Supremo, el incumplimiento de plazos procesales,
    • Bajo los razonamientos analizados, no resulta incongruente el Auto de Vista en los términos impugnados
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
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