Auto Supremo AS/0074/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0074/2012

Fecha: 11-May-2012

CONSIDERANDO II: Que, a través del escrito cursante de fs


Que, a través del Auto de Vista de fecha 27 de marzo de 2008 saliente de fs. 167 a 168 vta., la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz declaró la improcedencia de las cuestiones planteadas en el Recurso de Apelación Restringida interpuesto, a mérito de haberse concluido que el fallo apelado se encontraba ajustado a las normas procesales vigentes, no habiéndose aplicado erróneamente ni inobservado la ley sustantiva, sino que se realizó un trabajo intelectivo de correcta valoración de las pruebas producidas en juicio, encontrándose en la conducta de la procesada los elementos constitutivos del delito de Homicidio en Accidente de Tránsito.

CONSIDERANDO II: Que, a través del escrito cursante de fs. 175 a 176 vta., la procesada Mirna Olga Cabrera Rojo interpuso Recurso de Casación contra el Auto de Vista de fecha 27 de marzo de 2008 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, alegando como motivos de su Recurso, que de manera contraria al sentido jurisprudencial sentado en el Auto Supremo Nº 641 de 05 de diciembre de 2007, invocado como precedente contradictorio por la recurrente, en el caso presente se presumió su culpabilidad de manera "apresurada y ligera" (sic.), por el solo hecho de haber estado sentada al volante de su vehículo, sin escudriñar la verdadera responsabilidad del peatón infractor, puesto que no obstante haber guardado por su parte el debido cuidado y atención, el hecho de tránsito se debió por la infracción de las normas de circulación por parte del peatón, suscitándose un hecho fortuito que no le puede ser atribuible