Auto Supremo AS/0141/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2012

Fecha: 22-May-2012

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Primero de Trabajo y

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 141
Sucre, 22/05/2012
Expediente: 81/2012-S
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 238-242, interpuesto por María Elena Céspedes Mendieta, contra el Auto de Vista AV-SSA Nº 006/2012 de 25 de enero de 2012 (fs. 229-234), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso social seguido por María Elena Céspedes Mendieta, contra la Universidad Técnica de Oruro, la respuesta de fs. 246-250, el Auto que concedió el recurso de fs. 251, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Oruro, emitió la Sentencia Nº 97/2007 de 10 diciembre de 2007 (fs. 125-129), declarando probada la demanda de fs. 7-10 vta., e improbada las excepciones perentorias de falta de acción y derecho e improcedencia opuesta por la parte demandada de fs. 25-27, ratificada a fs. 31-32 sin costas, disponiendo que el personero legal de la Universidad Técnica de Oruro, proceda a restituir a la demandante Maria Elena Céspedes Mendieta a su fuente de trabajo como auxiliar de oficina dependiente de la Facultad de Ciencias Agrícolas, Pecuarias y Veterinarias en las mismas condiciones de su contratación original y el pago de sueldos devengados y otros derechos sociales a partir de su ilegal destitución, hasta el día en que se haga efectiva su reincorporación debidamente actualizados, sin perjuicio de que este cálculo se lo efectué en ejecución de Sentencia