Que la Sentencia se limitó a valorar la prueba testifical y la prueba MP-5 de
Afirmó que la apropiación de dineros cobrados irregularmente, se encuentra plenamente demostrada, en los casos de Alfredo Dalenz, Sixto Daniel Mendoza, Felicidad Herrera a quienes el acusado extendió certificados de cancelación total de deuda y sin embargo no se efectuó el depósito bancario en la cuenta del FONVIS. Que ésta apropiación también es evidente en los casos de los ciudadanos Teresa Surriable, Felix Equiza, Mario Terán, Rosa Chambilla y Luis Pari.
Que la Sentencia se limitó a valorar la prueba testifical y la prueba MP-5 de manera parcial e incompleta, sin aplicación de las reglas de la sana crítica y sin fundamentación alguna sobre el motivo por el que no se asigna valor a las demás pruebas documentales. Invocó el Auto Supremo No. 444 de 15 de octubre de 2005 señalando que éste establece como doctrina legal aplicable, que constituye defecto absoluto la falta de exposición de razones y criterios, por lo tanto, la Resolución Nro. 228/2011 es contradictoria a este precedente
Que la Sentencia se limitó a valorar la prueba testifical y la prueba MP-5 de manera parcial e incompleta, sin aplicación de las reglas de la sana crítica y sin fundamentación alguna sobre el motivo por el que no se asigna valor a las demás pruebas documentales. Invocó el Auto Supremo No. 444 de 15 de octubre de 2005 señalando que éste establece como doctrina legal aplicable, que constituye defecto absoluto la falta de exposición de razones y criterios, por lo tanto, la Resolución Nro. 228/2011 es contradictoria a este precedente
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
- CONSIDERANDO: De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente: 1)
- Afirmó que el Auto de Vista no se pronunció sobre la inobservancia o errónea aplicación
- Señaló que, la valoración de la prueba en el caso no cumplió las exigencias del
- Refiriéndose al contenido de las declaraciones testificales y las pruebas documentales producidas sostuvo, respecto de
- Que la Sentencia se limitó a valorar la prueba testifical y la prueba MP-5 de
- Afirmó que el Auto de Vista impugnado también infringe los arts
- CONSIDERANDO: Conforme a la previsión del art
- El art
- Respecto a los demás requisitos exigidos por los arts
- Asimismo, invocó los Autos Supremos Nros
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Regístrese y notifíquese
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