Auto Supremo AS/0202/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2012

Fecha: 20-Jun-2012

Ahora bien, con respecto a que el hecho admitido en confesión no requiere más pruebas,

Ahora bien, con respecto a que el hecho admitido en confesión no requiere más pruebas, señalado en el artículo 167 del Código Procesal del Trabajo, el mismo conlleva al entendimiento de una afirmación o aseveración espontánea que realiza el confesante en el momento de absolver las preguntas para el efecto de su confesión, y no ante su rebeldía que da por averiguados los puntos propuestos en el interrogatorio al que hace mención el artículo 166 del Código adjetivo laboral