Auto Supremo AS/0202/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2012

Fecha: 20-Jun-2012

Señala además, que ni el juez a-quo ni el ad-quem, tomaron en cuenta las tarjetas

Por otro lado, reclama que los jueces de grado no dieron cumplimiento a lo establecido por el artículo 166 y 167 del Código Procesal del Trabajo, al no haberse presentado a absolver la confesión judicial presentada en sobre cerrado. (SIC)
Así también indica que por los documentos adjuntos a la contestación, los mismos que llevan la firma del demandante, este percibía un sueldo que cuando trabajaba el mes completo ascendía a la suma de Bs.- 1.409,38 y cuando no trabajaba el mes completo, simplemente llegaba a Bs.- 900, violando el juez a-quo y el Tribunal de Alzada lo establecido por el artículo 200 del Código Procesal del Trabajo. (SIC)
Señala además, que ni el juez a-quo ni el ad-quem, tomaron en cuenta las tarjetas de asistencia cursantes en el proceso, mismas que demuestran que el actor hizo abandono de su trabajo, incumpliendo el artículo 16 de la Ley General del Trabajo y 9 de su Reglamento