DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesta por parte de Florencia Castro Condorcet Viuda de Mamani, que se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:
En el fondo
Que sin motivo alguno y descalificando el recurso habrían dejado sin efecto el auto de concesión de alzada de fs. 143 vlta., interpretando erróneamente el art. 227 del C.P.C., que la apelación constituiría el más importante y usual de los recursos ordinarios, como remedio procesal tendiente a obtener que un Tribunal superior revoque o modifique una resolución que se estimaría errónea en la interpretación o aplicación del derecho, o en la apreciación de los hechos o de la prueba
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:
En el fondo
Que sin motivo alguno y descalificando el recurso habrían dejado sin efecto el auto de concesión de alzada de fs. 143 vlta., interpretando erróneamente el art. 227 del C.P.C., que la apelación constituiría el más importante y usual de los recursos ordinarios, como remedio procesal tendiente a obtener que un Tribunal superior revoque o modifique una resolución que se estimaría errónea en la interpretación o aplicación del derecho, o en la apreciación de los hechos o de la prueba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Recurrida la Sentencia mediante apelación por Ernesto Cáceres Arce por su mandante Florencia Castro Condorcet
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- En el caso en cuestión se advertiría que el recurso habría cumplido con las exigencias
- Que es facultad el Tribunal de apelación y el de casación conferida por ley, revisar
- Que de haberse observado esta obligatoriedad, habrían encontrado las vulneraciones cometidas en la tramitación del
- Que la norma contenida en el art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- Consideramos que si bien es cierto que esta reclamación debió planteársela en la forma, al
- En consideración a que la impugnación o apelación de fallos judiciales es una garantía judicial
- En fallos emitidos anteriormente este Tribunal ha establecido que el derecho a la impugnación, de
- En consecuencia, el Tribunal Supremo, rescatando lo pretendido por la recurrente, pese a la defectuosa
- Siendo excusable el error, no se impone multa alguna
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- RELATOR: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
