En el caso en cuestión se advertiría que el recurso habría cumplido con las exigencias
En el caso en cuestión se advertiría que el recurso habría cumplido con las exigencias contenidas en el art. 227 del adjetivo civil al expresar agravios terminantemente con denuncia de la vulneración de articulados allá mencionados como "infracciones legales" y como "pruebas de cargo no valoradas por el operador de justicia", denunciando no valoración de las pruebas de cargo como la posesión por mas de diez años en el inmueble objeto de la demanda y otros aspectos. Que la significación de la interposición del recurso es consecuencia de una sentencia injusta. Que ante esto el Tribunal ad quem debió cumplir con lo dispuesto por el art. 236 del C.P.C. y pronunciar el respectivo auto de vista ceñidos a los dos puntos específicos denunciados como "infracciones legales que ameritan nulidad de la sentencia" y "pruebas de cargo no valoradas", que por tanto habría interpretación errónea, infracción y mala aplicación de las normas que se citan, dejándola en total indefensión
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Recurrida la Sentencia mediante apelación por Ernesto Cáceres Arce por su mandante Florencia Castro Condorcet
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- En el caso en cuestión se advertiría que el recurso habría cumplido con las exigencias
- Que es facultad el Tribunal de apelación y el de casación conferida por ley, revisar
- Que de haberse observado esta obligatoriedad, habrían encontrado las vulneraciones cometidas en la tramitación del
- Que la norma contenida en el art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- Consideramos que si bien es cierto que esta reclamación debió planteársela en la forma, al
- En consideración a que la impugnación o apelación de fallos judiciales es una garantía judicial
- En fallos emitidos anteriormente este Tribunal ha establecido que el derecho a la impugnación, de
- En consecuencia, el Tribunal Supremo, rescatando lo pretendido por la recurrente, pese a la defectuosa
- Siendo excusable el error, no se impone multa alguna
- En virtud a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- RELATOR: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
