Auto Supremo AS/0224/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0224/2012

Fecha: 23-Jul-2012

Con relación al tema, le está permitido al juez, fuera de los supuestos de inhabilidad

Con relación al tema, le está permitido al juez, fuera de los supuestos de inhabilidad formal de la demanda, disponer su repulsa in límine, juzgando sin sustanciación acerca de su fundabilidad o mérito, cuando el objeto perseguido -por la pretensión- esta excluido de plano de la ley, en cuanto está impedido explícitamente cualesquier decisión al respecto o la improcedencia derive de la no idoneidad, juzgada en abstracto, de los propios hechos en que se funda la demanda para su petición, los que no son aptos para una sentencia favorable. El órgano jurisdiccional desde el principio (ab initio) debe desestimarla, antes de darle curso, para evitar un inútil dispendio jurisdiccional, debido a que surge a primera vista que la pretensión esta destinada al fracaso