Auto Supremo AS/0224/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0224/2012

Fecha: 23-Jul-2012

El criterio emitido en la sentencia por el a quo resulta un despropósito en consideración

El criterio emitido en la sentencia por el a quo resulta un despropósito en consideración a que se pretende el reconocimiento de exclusividad de la propiedad de la demandante sin que en la controversia haya tenido participación el titular del derecho propietario que resulta ser FONVIS; en ese mismo sentido va la orden al demandado de suscribir la minuta traslativa de dominio del lote objeto del proceso a favor de la demandante, en consideración que al no ser titular del derecho propietario no está facultado a firmar minuta alguna sobre un bien por el que se pretende la trasferencia a favor de la demandante, mas irrazonable resulta la posibilidad sugerida de ser el A quo quien tenga que practicar la firma de esa minuta traslativa de dominio del lote de terreno en defecto del demandado, cuando en los hechos y por todas las pruebas aportadas se evidencia que no hay derecho propietario consolidado a favor de Ricardo Hilarión Corrales Nava, es mas el propio FONVIS ha informado que en las listas a su cargo se halla consignado el nombre de Olga Olimpia Arce Condo como beneficiaria del lote de terreno en cuestión