Auto Supremo AS/0148/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2012

Fecha: 08-Ago-2012

En grado de apelación, recurso interpuesto por la Administración Tributaria (fojas 457 a 461), por

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº 148/2012

EXPEDIENTE: A.228/2008

PARTES: Empresa Tahuamanu S.A. c/ Gerencia Distrital Pando del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN)

PROCESO: Contencioso Tributario

DISTRITO: Pando

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fojas 491 a 494 y vuelta, interpuesto por Guillermo Torres López y Carlos Molina Mitru, en representación de la Empresa Tahuamanu S.A., del Auto de Vista No. 20/2008 de 14 de agosto de 2008 (fojas 480 a 486 y vuelta), pronunciado por la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, en el proceso contencioso tributario por rechazo de la solicitud de Certificados de Devolución Impositiva (CEDEIM), correspondientes al período de diciembre de 2005, seguido por la recurrente contra la Gerencia Distrital Pando del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), los antecedentes del proceso, los memoriales de fojas 504 a 507 vuelta, y de fojas 515 y vuelta y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza en materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad de Cobija, Distrito Judicial de Pando, emitió la Sentencia Nº 13/2008 de 3 de julio de 2008 (fojas 447 a 454 y vuelta), declarando probada la demanda contencioso tributaria y en su mérito, nula y sin valor la Resolución Administrativa 12/07 (fojas 352 a 355) Denegatoria de la Devolución Impositiva de 29 de mayo de 2007, correspondiente al período de diciembre de 2005, por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Gravamen Arancelario (GA), alegando que la interpretación y fundamentación expresadas en la Resolución Administrativa señalada, son contrarias al ordenamiento jurídico y al principio de neutralidad impositiva, debiendo en consecuencia el Servicio de Impuestos Nacionales, entregar al exportador los títulos valores correspondientes, hasta el monto de Bs. 89.484.-

En grado de apelación, recurso interpuesto por la Administración Tributaria (fojas 457 a 461), por Auto de Vista Nº 20/2008 de 14 de agosto de 2008 (fojas 480 a 486 y vuelta), se anuló la Sentencia apelada