Por lo anterior, es deber de todo órgano jurisdiccional, pronunciar en todos los niveles o
Por lo anterior, es deber de todo órgano jurisdiccional, pronunciar en todos los niveles o grados, decisiones precisas, concretas y positivas, resolviendo las pretensiones de las partes tal como éstas hubieran sido planteadas y probadas, respondiendo al principio de congruencia y exhaustividad, pues el órgano jurisdiccional debe aspirar permanentemente a pronunciar fallos que expresen no solamente criterios de legalidad, sino de justicia, otorgando a los litigantes la seguridad, certeza y firmeza de sus resoluciones
- En grado de apelación, recurso interpuesto por la Administración Tributaria (fojas 457 a 461), por
- Los fundamentos con los que fue definida la nulidad por el Tribunal de Alzada se
- Lo anterior, señala, vulneró el principio de contradicción, de acuerdo con el cual, no se
- En la misma Sentencia, indica, resuelve declarando improbada la excepción de cosa juzgada planteada por
- En el considerando correspondiente a los hechos probados y no probados, expresa que en ningún
- Por otra parte, refiere que en la parte resolutiva, falla declarando "
- Agrega que asimismo, permitió que el término probatorio de 30 días común a las partes
- Contra el referido Auto de Vista, Guillermo Torres López y Carlos Molina Mitru, en representación
- Continúa el memorial con una larga exposición en torno a los límites a los que
- Acusa la violación del artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto éste dispone
- Prosigue el memorial, en el que acusa la violación del artículo 247 de la Ley
- Concluye el memorial, manifestando que se trata de un recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO II: Previamente a la consideración de los elementos contenidos en el memorial del recurso
- Aún más, al manifestar en su petitorio que se trata de un recurso de casación
- Ya en el análisis del recurso, se tiene que el Auto de Vista Nro
- Es evidente que la apelante solicitó en el recurso de apelación, la revocatoria de la
- Es evidente que en el caso de autos el Tribunal de Apelación no ingresó al
- El principio de congruencia, expresado en el artículo 190 del Código de Procedimiento Civil, dispone
- Por lo anterior, es deber de todo órgano jurisdiccional, pronunciar en todos los niveles o
- Si bien, la recurrente afirma no haber solicitado en su recurso de apelación, que se
- En relación con la violación acusada del artículo 251 del Código de Procedimiento Civil en
- Respecto de la cita del Auto Supremo Nro
- El principio de trascendencia, expresa que no hay nulidad de forma, si la desviación no
- En relación con el artículo 247 de la Ley de Organización Judicial, que según señala
- Finalmente, la Corte Suprema de Justicia ha señalado en su uniforme jurisprudencia que la apreciación
- De lo expuesto, se concluye que en el caso en análisis, la Resolución pronunciada por
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
