Auto Supremo AS/0206/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2012

Fecha: 11-Sep-2012

Por lo anterior, es deber de todo órgano jurisdiccional, pronunciar en todos los niveles o


Por lo anterior, es deber de todo órgano jurisdiccional, pronunciar en todos los niveles o grados, decisiones precisas, concretas y positivas, resolviendo las pretensiones de las partes tal como éstas hubieran sido planteadas y probadas, respondiendo al principio de congruencia y exhaustividad, pues el órgano jurisdiccional debe aspirar permanentemente a pronunciar fallos que expresen no solamente criterios de legalidad, sino de justicia, otorgando a los litigantes la seguridad, certeza y firmeza de sus resoluciones