Auto Supremo AS/0218/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2012

Fecha: 17-Sep-2012

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66 del Código Procesal del Trabajo,


Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 66 del Código Procesal del Trabajo, en todo juicio social incoado por el trabajador, la carga de la prueba corresponde al empleador, sin perjuicio de que el trabajador ofrezca las pruebas que estime convenientes, de modo que, y como regla básica, bajo el principio de inversión de la prueba, el empleador debe desvirtuar los fundamentos de la acción, por medio de las pruebas que estime conveniente, conforme a lo dispuesto en el artículo 150 del Código Procesal del Trabajo