Expresa que no existe precedente contradictorio que citar, toda vez que estas actuaciones ilegales son
2.- América Conde Velásquez, deduce su Recurso de Casación exponiendo, a) defecto absoluto no susceptible de convalidación alguna por perdida de competencia del Presidente del Tribunal, conformado por un Vocal de la Sala Penal y Sala Civil conforme a las reglas orgánicas, se advierten errores con relación a las firmas de los Vocales en el Auto de Vista, por lo que, a disposición del Presidente de la Sala Penal se anulan obrados dictándose nuevo Auto de Vista, en el que, el Vocal de la Sala Penal pierde competencia para pronunciarse sobre el presente proceso, toda vez, que no puede anular una resolución final en la cual fue participe e inhibido por mandato legal y volver a conocer y resolver el mismo proceso. Esta situación ha creado un defecto absoluto no susceptible de convalidación conforme previene el Art. 169-3) porque viola todas sus garantías procesales y constitucionales que hacen a un debido proceso (juez natural, competente e imparcial, principio de legalidad y seguridad jurídica), por lo que, corresponde al Tribunal de casación dejar sin efecto el Auto de Vista No. 46/2010 de 13 de octubre y disponer sea otro Tribunal quien dicte nuevo Auto de Vista.
Expresa que no existe precedente contradictorio que citar, toda vez que estas actuaciones ilegales son sui generis, debiendo emitirse nueva doctrina legal aplicable
- Auto Supremo: 311/2012 Fecha: Sucre, 25 de septiembre de 2012
- Distrito: Potosí
- Velásquez, América Conde Velásquez y Freddy Ruiz Calderón
- Delitos: Hurto Agravado, Estelionato, Receptación o Venta de Prenda, Usura y Usura Agravada
- Recurso: Casación
- CONSIDERANDO I: (De los actos procesales)
- I
- Para la acusada Alicia Chambi Velásquez, la pena finalizará el 28 de enero de 2014
- Se impuso a las acusadas Alicia Chambi Velásquez y América Conde Velásquez, al pago de
- En merito a que la pena impuesta a América Conde Velásquez no excede de tres
- Que, la acusada América Conde Velásquez deduce Recurso de Apelación Restringida mediante memorial de fs
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II: (De los motivos y argumentos del Recurso de Casación)
- Expresa que no existe precedente contradictorio que citar, toda vez que estas actuaciones ilegales son
- Derecho a recurrir o impugnar, que se encuentra tutelado en la Constitución Política del Estado
- CONSIDERANDOIV: (De los requisitos esenciales que viabilizan el Recurso de Casación)
- En ese contenido, el Código de Procedimiento Penal, Ley Nº 1970 de 25 de marzo
- El plazo para interponer el Recurso de Casación, es de 5 días siguientes a la
- Es de entender, que el cumplimiento de estos dos requisitos de admisibilidad es obligatorio e
- CONSIDERANDO V: (Análisis del cumplimiento de los presupuestos para la admisión del Recurso de Casación)
- Que por diligencia cursante a fs
- V
- Que, la recurrente América Conde Velásquez en primera instancia en su Recurso de Apelación Restringida,
- Que, para la interposición del Recurso de Casación necesariamente debe cumplirse con dos requisitos indispensables,
- Que, conforme se señaló supra, en el Recurso de Casación interpuesto no cumple con los
- Libro Tomas de Razón 2/2012
