Libro Tomas de Razón 2/2012
POR TANTO.-La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación del Art. 8-II de la Ley Nº 212 de 23 de diciembre de 2011 y en aplicación de la Norma Procesal contenida en los Arts. 416, 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara: INADMISIBLE los Recursos de Casación interpuestos por las co-acusadas Alicia Chambi Velásquez y América Conde Velásquez, conforme a los memoriales de 9 de noviembre de fs. 337 a 341 vta. y de 11 de noviembre de fs. 348 a 349 vta., impugnando el Auto de Vista No. 46/2010 de 13 de octubre de fs. 323 a 326 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico y la Acusación Particular de Walter Velarde Echeverría y Carlos Johnny Velarde Tapia, contra Alicia Chambi Velásquez, América Conde Velásquez y Freddy Ruiz Calderón, por la comisión del delito de Hurto Agravado, Estelionato, Receptación o Venta de Prenda, Usura y Usura Agravada, previstos y sancionados por los Arts. 326, 337, 172, 348, 360 y 361 del Código Penal
Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso
Fdo. Ma. Lourdes Bustamante R.
Fdo. Silvana Rojas Panoso
Fdo. William E. Alave Laura
Proveído.- Angélica Sánchez Rojas Secretaria de Cámara de la Sala Penal Liquidadora
Libro Tomas de Razón 2/2012
- Auto Supremo: 311/2012 Fecha: Sucre, 25 de septiembre de 2012
- Distrito: Potosí
- Velásquez, América Conde Velásquez y Freddy Ruiz Calderón
- Delitos: Hurto Agravado, Estelionato, Receptación o Venta de Prenda, Usura y Usura Agravada
- Recurso: Casación
- CONSIDERANDO I: (De los actos procesales)
- I
- Para la acusada Alicia Chambi Velásquez, la pena finalizará el 28 de enero de 2014
- Se impuso a las acusadas Alicia Chambi Velásquez y América Conde Velásquez, al pago de
- En merito a que la pena impuesta a América Conde Velásquez no excede de tres
- Que, la acusada América Conde Velásquez deduce Recurso de Apelación Restringida mediante memorial de fs
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II: (De los motivos y argumentos del Recurso de Casación)
- Expresa que no existe precedente contradictorio que citar, toda vez que estas actuaciones ilegales son
- Derecho a recurrir o impugnar, que se encuentra tutelado en la Constitución Política del Estado
- CONSIDERANDOIV: (De los requisitos esenciales que viabilizan el Recurso de Casación)
- En ese contenido, el Código de Procedimiento Penal, Ley Nº 1970 de 25 de marzo
- El plazo para interponer el Recurso de Casación, es de 5 días siguientes a la
- Es de entender, que el cumplimiento de estos dos requisitos de admisibilidad es obligatorio e
- CONSIDERANDO V: (Análisis del cumplimiento de los presupuestos para la admisión del Recurso de Casación)
- Que por diligencia cursante a fs
- V
- Que, la recurrente América Conde Velásquez en primera instancia en su Recurso de Apelación Restringida,
- Que, para la interposición del Recurso de Casación necesariamente debe cumplirse con dos requisitos indispensables,
- Que, conforme se señaló supra, en el Recurso de Casación interpuesto no cumple con los
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