Auto Supremo AS/0311/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2012

Fecha: 25-Sep-2012

Libro Tomas de Razón 2/2012


POR TANTO.-La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación del Art. 8-II de la Ley Nº 212 de 23 de diciembre de 2011 y en aplicación de la Norma Procesal contenida en los Arts. 416, 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara: INADMISIBLE los Recursos de Casación interpuestos por las co-acusadas Alicia Chambi Velásquez y América Conde Velásquez, conforme a los memoriales de 9 de noviembre de fs. 337 a 341 vta. y de 11 de noviembre de fs. 348 a 349 vta., impugnando el Auto de Vista No. 46/2010 de 13 de octubre de fs. 323 a 326 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico y la Acusación Particular de Walter Velarde Echeverría y Carlos Johnny Velarde Tapia, contra Alicia Chambi Velásquez, América Conde Velásquez y Freddy Ruiz Calderón, por la comisión del delito de Hurto Agravado, Estelionato, Receptación o Venta de Prenda, Usura y Usura Agravada, previstos y sancionados por los Arts. 326, 337, 172, 348, 360 y 361 del Código Penal

Regístrese, hágase saber y devuélvase.-

Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso

Fdo. Ma. Lourdes Bustamante R.

Fdo. Silvana Rojas Panoso

Fdo. William E. Alave Laura

Proveído.- Angélica Sánchez Rojas Secretaria de Cámara de la Sala Penal Liquidadora

Libro Tomas de Razón 2/2012