Auto Supremo AS/0374/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0374/2012

Fecha: 25-Sep-2012

Por otra parte, en referencia a que la demandante en su recurso de apelación declaró

Por otra parte, en referencia a que la demandante en su recurso de apelación declaró que no se probó que haya sido trabajadora de la Corporación Aquino Bolivia S.A., conforme a la misma transcripción que hace el recurrente en su recurso, señalando: "...como es posible que al Juez de la causa puede parecerle obvio que mi persona haya sido una trabajadora de confianza, si durante el proceso jamás admitieron que era trabajadora..."y "...la afirmación de que mi persona realizó un trabajo de dirección en la UDABOL no ha sido probada y más bien es una afirmación efectuada por el juez, sin prueba alguna...", aseveraciones que de la revisión de la apelación, la actora manifestó en referencia a la calidad de personal de confianza que el Juez le otorgó en cuanto al pago de horas extraordinarias, no pudiendo inferir por ello y tal cual pretende el recurrente, establecer la vulneración del artículo 154 del Código Procesal del Trabajo y se acepte que la actora no haya sido trabajadora de la entidad demandada, dadas las características mencionadas precedentemente de la relación laboral, debidamente compulsadas por los jueces de instancia