Como cuarto y quinto motivo, que fueron intitulados "violación del principio de continuidad" y "pruebas
Como cuarto y quinto motivo, que fueron intitulados "violación del principio de continuidad" y "pruebas ilegales que no fueron obtenidas de acuerdo a procedimiento y sin ningún control jurisdiccional son judicializadas en audiencia de juicio a pesar de plantearse la exclusión probatoria" (sic); corresponde precisar que los argumentos expuestos para fundamentar estos motivos, son similares a los alegados en el recurso de apelación restringida, de ello se deduce que los agravios hubieran surgido en la Sentencia y no en el Auto de Vista impugnado; ante esta situación, en cumplimiento de lo dispuesto por el párrafo segundo del art. 416 del CPP, el recurrente estaba obligado a invocar el precedente contradictorio a tiempo de interponer el recurso de apelación restringida; al respecto, en apelación sólo se invocó el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, pero en casación no se desarrolló ni explicó la contradicción que existiría entre el Auto de vista y la citada resolución; con relación a los Autos Supremos 368 de 17 de septiembre de 2005, 257 de 1 de agosto de 2006 y 384 de 26 de septiembre de 2005, estos no fueron invocados en apelación restringida, en esa circunstancia estos motivos devienen en inadmisibles
- El recurso de casación interpuesto por Miguel Ángel Quino Espejo, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la citada Sentencia, las partes interpusieron recurso de apelación restringida: Fernando Yana Huasco (fs
- Notificado con el Auto de Vista ahora impugnado, el imputado Miguel Ángel Quino Espejo interpuso
- Inicialmente el recurrente denuncia que los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental
- Agrega que, durante la sustanciación de todo el juicio oral, fue juzgado y condenado con
- capricho y animadversión
- También denuncia la violación del principio de continuidad, manifestado que a lo largo del proceso
- Como quinto motivo del recurso denuncia que "pruebas ilegales que no fueron obtenidas de acuerdo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- El recurrente al identificar como agravios que hubieran emergido como efecto del pronunciamiento del Auto
- Como cuarto y quinto motivo, que fueron intitulados "violación del principio de continuidad" y "pruebas
- De lo expuesto, se establece que el recurso de casación deducido, cumple con los requisitos
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
