Auto Supremo AS/0001/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0001/2013-RA

Fecha: 02-Ene-2013

También denuncia la violación del principio de continuidad, manifestado que a lo largo del proceso

También denuncia la violación del principio de continuidad, manifestado que a lo largo del proceso no se respetó el plazo de los diez días entre audiencias, conforme establecen los arts. 335 y 336 del Código de Procedimiento Penal (CPP), lo cual generó que se juzguen papeles y no personas, constituyendo una violación a la garantía al debido proceso y un defecto absoluto. El recurrente añade que sobre este motivo, el Tribunal ad quem hubiera señalado que los defectos quedaron convalidados porque de la revisión de las actas de audiencia no se evidenció que la parte querellante hubiera realizado reclamo alguno respecto a la suspensión o receso, ni formuló denuncia, reclamo u observación. Cita como precedentes sobre "violación al principio de continuidad" el Auto supremo 37 de 27 de enero de 2007; sobre la "vulneración del debido proceso que genera defecto absoluto" el Auto Supremo 368 de 17 de septiembre de 2005 y sobre la "anulación del proceso por violación de derechos fundamentales", el Auto Supremo 257 de 1 de agosto de 2006