Auto Supremo AS/0248/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2013-RRC

Fecha: 02-Oct-2013

En atención a la segunda temática denunciada, en sentido que el Tribunal de apelación no


En atención a la segunda temática denunciada, en sentido que el Tribunal de apelación no consideró que el Juez de Sentencia efectuó una incorrecta valoración de la prueba documental, que demostró que la imputada estaba acostumbrada a cometer esos delitos; se establece de la revisión de antecedentes que el Auto de Vista respecto a dicho reclamo contenido en el primer motivo de la apelación restringida, respondió de manera fundamentada en dos sentidos: a) El primero al referir que delimitado los delitos sobre los cuales se llevarían a cabo la audiencia de juicio oral, emergió la Sentencia absolutoria conforme a las reglas de la sana crítica y de acuerdo al art. 363 inc. 2) del CPP, por existir ofensas recíprocas de ambas partes, sin evidenciar mala apreciación y valoración defectuosa de la prueba; b) En el segundo, del conjunto de argumentos del Auto de Vista se establece que efectuó un correcto control sobre la valoración de toda la prueba incorporada en juicio oral en el que se demostró efectivamente, que la acusada no incurrió en los ilícitos endilgados, habiendo el juzgador aplicado el principio in dubio pro reo por la eximente de reciprocidad; asimismo, no es cierta la denuncia de la acusadora, toda vez que la Sentencia estableció que de las literales presentadas de cargo, entre las partes existían los mismos problemas, lo que significa que efectivamente se realizó la valoración extrañada; lo que implica, que el Tribunal de alzada respondió fundadamente al fondo del reclamo planteado por la recurrente respecto a esta temática en su apelación restringida