Auto Supremo AS/0248/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2013-RRC

Fecha: 02-Oct-2013

En el “CONSIDERANDO III


En el apartado de producción de la prueba; se hizo referencia a que la parte acusadora produjo la declaración de tres testigos, de los cuales uno de ellos refirió que el día de los hechos ambas partes estaban discutiendo, además presentó dos literales relativos a una querella anterior; en cambio la querellada presentó ocho testigos que señalaron la existencia de una discusión entre ambas personas y ofensas en su contra por la denunciante, más literales referidas dos de ellas, a denuncia policial y Sentencia contra la querellante.

En el “CONSIDERANDO III. FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN” (sic), en el punto 1 “FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA” (sic), el juzgador realizó un desarrollo doctrinal sobre los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, estableciendo cuando se configuran; asimismo, destacó que las ofensas recíprocas son eximentes de responsabilidad penal conforme señala el art. 290 del CP; y que la insuficiente prueba da lugar a la duda razonable que provoca la aplicación del in dubio pro reo