Auto Supremo AS/0286/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2013

Fecha: 08-Oct-2013

No obstante ello, a los fines de evitar incorrectas interpretaciones por los sujetos procesales y

No obstante ello, a los fines de evitar incorrectas interpretaciones por los sujetos procesales y el Tribunal de Alzada, es menester destacar que éste Tribunal Supremo dictó el Auto Supremo Nro. 52/2012 de 19 de marzo de 2012, concerniente al pronunciamiento de Autos de Vistas suscritos por Vocales distintos a los que fueron legalmente convocados para conocer el asunto y que incluso hubiesen participado en la audiencia de fundamentación de la apelación restringida, cuya doctrina legal aplicable establece que: “…Finalmente, corresponde dejar sentado, que los casos en los cuales existan Autos de Vista suscritos por Vocales distintos a los que fueron legalmente convocados para conocer el asunto y que incluso hubiesen participado en la audiencia de fundamentación de la apelación restringida, constituye una irregularidad que amerita subsanación, pues al generar incertidumbre en el justiciable sobre la revisión del expediente y sus antecedentes para arribar a la decisión asumida por parte de Vocales distintos a los convocados, vulnera la seguridad jurídica, resulta necesaria la participación de los Vocales convocados inicialmente y que llevaron adelante la audiencia de fundamentación de la apelación restringida….” (sic)