Con relación
Con relación:
Auto Supremo Nº 37 de 27 de enero de 2007
Respeto del Auto Supremo invocado como precedente contradictorio, del mismo, si bien transcribe la parte pertinente de su doctrina legal, sin embargo no realizó la contrastación del mismo con el Auto de Vista impugnado, como tampoco se advierte el señalamiento de la contradicción en términos precisos en la que presumiblemente hubiera incurrido el Auto de Vista impugnado, más al contrario la recurrente señala estar de acuerdo con la advertencia de haberse incurrido en la violación de los principios de inmediación y continuidad, previstos en los arts. 330 y 334 del Código de Procedimiento Penal
Auto Supremo Nº 37 de 27 de enero de 2007
Respeto del Auto Supremo invocado como precedente contradictorio, del mismo, si bien transcribe la parte pertinente de su doctrina legal, sin embargo no realizó la contrastación del mismo con el Auto de Vista impugnado, como tampoco se advierte el señalamiento de la contradicción en términos precisos en la que presumiblemente hubiera incurrido el Auto de Vista impugnado, más al contrario la recurrente señala estar de acuerdo con la advertencia de haberse incurrido en la violación de los principios de inmediación y continuidad, previstos en los arts. 330 y 334 del Código de Procedimiento Penal
- Con base a la Acusación Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el Juzgado Tercero
- 2
- Que, ante esta Sentencia, María Angélica Tabilo vda
- Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, María Angélica Tabilo vda
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los
- Violación de los arts
- Violación a los arts
- Violación del art
- También señaló que en Recurso de Apelación Restringida señaló
- Señalando que el Auto de Vista vulneró los preceptos legales y contradictorios solicito se dicte
- Del Precedente Contradictorio Invocado
- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Con relación a
- Se debe dejar establecido que las Sentencias Constitucionales no tienen calidad de precedentes contradictorios, así
- Con relación
- Al margen de que no señaló la contradicción en términos precisos se debe tener en
- En consecuencia, su Recurso de Casación no cumple con las exigencias establecidas por el legislador,
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
