Auto Supremo AS/0529/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2013

Fecha: 21-Oct-2013

Manifiesta la recurrente, que ante la negativa del recurso de apelación interpuesto por la demandante

En la forma.-
Manifiesta la recurrente, que ante la negativa del recurso de apelación interpuesto por la demandante y al no formular su impugnación ni ejercer el recurso de compulsa que correspondía, ha aceptado tácitamente la resolución de rechazo, por lo que, la resolución emitida 15 meses después por la nueva Juez, extemporáneamente y de manera discrecional mediante el Auto impugnado, repuso obrados hasta el Auto que negó el recurso de apelación, y concedió la misma que ya había caducado, Resolución que dicta bajo el argumento de saneamiento procesal, lo que no corresponde de acuerdo a la disposición Especial Segunda de la Ley 1760 que dice que se debe sanear el proceso hasta antes de iniciar el período probatorio, sin embargo, La Juez ilegalmente repuso obrados cuando el período de prueba había concluido