Auto Supremo AS/0623/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2013

Fecha: 08-Oct-2013

Asimismo agregó que la empresa demandada hizo conocer permanentemente al Ministerio de Trabajo sobre la

Asimismo agregó que la empresa demandada hizo conocer permanentemente al Ministerio de Trabajo sobre la conducta de la actora; así los memoriales con cargo de recepción de 25 de febrero, 7 y 13 de marzo, 28 de mayo; cartas de 14 y 28 de mayo e Informe de Audiencia de 28 de mayo, todos del 2008; este último, que en base a sus contenidos prueba contundentemente que: I. La demandante reconoció haber trabajado hasta el 20 de febrero de 2008, probándose su abandono de funciones desde esa fecha; II. (1ra. citación) la solicitud de la demandante fue de pago de derechos laborales y otros, probando que en ningún momento mencionó su embarazo ni al Inspector ni al empleador; III. La primera citación no fue entregada nunca al denunciado por lo tanto la desconocía; IV. Sobre el horario de trabajo, la actora reconoció los días lunes a sábado a medio día, como días laborables. Con un salario de Bs. 650; V. La actora no mencionó que el empleador al conocer su embarazo la despidió, tal como lo afirma en su demanda, además que el memorándum fue de llamada de atención y no de despido forzoso; VI. La solicitud de la actora en la audiencia de conciliación contempló solo el pago de beneficios sociales, lo que prueba que no comprometía embarazo