POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia del Estado
Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, se concluye que al no ser ciertas las infracciones denunciadas en el recurso de nulidad, estas devienen en infundadas, correspondiendo en consecuencia resolver de acuerdo a las previsiones contenidas en los artículos 271. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de la atribución contenida en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial No. 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de nulidad de fs. 102 a 103 vlta
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de la atribución contenida en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial No. 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de nulidad de fs. 102 a 103 vlta
- CONSIDERANDO I
- Que, de fs
- 2
- 2)
- 3)
- Fundamentación jurídica
- Para mayor claridad, el Tribunal Constitucional, dentro de su labor interpretativa estableció en la Sentencia
- La jurisprudencia emitida por este Tribunal Supremo de Justicia, ha determinado y establecido que a
- 2) y 4)
- De lo aseverado se concluye que los de instancia resolvieron acertadamente la Litis conforme a
- Entendiéndose de tal manera, que las multas por rebeldía responden a la finalidad que el
- Asimismo, como se manifestó en el punto 1), el demandado ahora recurrente, no impugnó en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia del Estado
- Sin costas en aplicación del artículo 39 de la ley Nº 1178 de 20 de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
