No se regula honorario profesional de Abogado por no haber respondido la parte demandante al
No se regula honorario profesional de Abogado por no haber respondido la parte demandante al recurso de casación interpuesto
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social de reincorporación, la Juez Segundo de Trabajo y
- En grado de apelación interpuesta por el representante de la empresa demandada a fs
- Dichos fallos motivaron el recurso de nulidad y casación de fs
- Refirió que todos estos aspectos no fueron considerados, extremos que se encuadran en lo normado
- Finalmente solicitó que se conceda el recurso y se remitan actuados como corresponde por ley
- CONSIDERANDO II: Que en mérito a los antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de nulidad y
- Correspondiendo referir que según la jurisprudencia en materia laboral, la voluntad de no asistir a
- La doctrina distingue, al efecto el “abandono-incumplimiento” y el “abandono renuncia”
- En base a estos parámetros, y al haberse demostrado que el trabajador no demostró una
- Al respecto, cabe señalar que las pruebas deben ser compulsadas de forma conjunta, en razón
- En ese marco, corresponde señalar además que la valoración y compulsa de las pruebas, es
- En este contexto, en el caso objeto de análisis, se visualiza que la parte demandada
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- No se regula honorario profesional de Abogado por no haber respondido la parte demandante al
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
