Auto Supremo AS/0651/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0651/2013

Fecha: 30-Oct-2013

Refirió que todos estos aspectos no fueron considerados, extremos que se encuadran en lo normado

Señaló también, que otra prueba de descargo son los informes emitidos por el encargado de Recursos Humanos de la empresa donde señala: “Cualquiera sea el motivo por el cual el trabajador Santiago Chino haya faltado sin haber comprobado su incapacidad física para prestar funciones habiendo abandonado su trabajo.”
Refirió que todos estos aspectos no fueron considerados, extremos que se encuadran en lo normado por el artículo 16. d) y e) de la Ley General del Trabajo, por lo que no corresponde ningún beneficio ni menos ser reincorporado como Fiscal de Area, valorándose sólo las versiones de la parte demandante, fallando en favor del mismo y disponiendo que la empresa reincorpore al actor al mismo cargo y en las mismas condiciones de trabajo, más el pago de los salarios devengados y reconocimiento de sus derechos sociales que le corresponda a la fecha de su reincorporación