Auto Supremo AS/0039/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0039/2013

Fecha: 07-Nov-2013

Que, con relación a la vulneración del

Que, con relación a la vulneración del art. 379 del Código de Procedimiento Civil; amerita aclarar que el citado precepto legal no es aplicable al caso de autos, toda vez que debemos remitirnos al mandato del art. 2 del Código Procesal del Trabajo, en razón a que esta norma da autonomía a los procedimientos del trabajo y elimina todo uso y remisión a las disposiciones legales de otros campos jurídicos. En la especie, de la revisión de obrados, las pruebas aportadas al proceso y los fundamentos de la Resolución de Vista recurrida, se llega a la convicción de que el Tribunal Ad quem ha realizado una valoración en conjunto de las pruebas aportadas por ambas partes, sin sujetarse al rigorismo del proceso civil, tal como debe ser en materia laboral, en el que no existe ninguna "madre de las pruebas", sino que del conjunto de todas ellas y de las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes, se llega a establecer la verdad material para poder emitir una resolución apegada a la justicia y equidad