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    Auto Supremo AS/0284/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0284/2013-RRC

    Fecha: 04-Nov-2013

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 29 de agosto de 2013, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marcelo Bernardo Quintanilla Aguilar opuso recurso de apelación restringida
    • De la revisión del recurso de casación, y del Auto Supremo que lo admitió se
    • 2)En el segundo motivo, el recurrente denuncia: “DECTO ABSOLUTO RESOLUCION CONTRADICCITORIA INCONGRUENTE E INCOMPLETA DEL
    • Dentro de este mismo motivo denuncia que el Auto de Vista impugnado es incompleto e
    • El recurrente solicita a este Tribunal que se anule totalmente el Auto de Vista recurrido
    • II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
    • Por memorial de fs
    • iii)El acusador ofreció en calidad de prueba además de su declaración, las atestaciones de: Carmen
    • II.2 Sentencia
    • Concluidos los debates de juicio oral, el Juez Segundo de Sentencia en lo Penal del
    • b)En cuanto a la valoración probatoria intelectiva sobre la prueba de cargo, la Sentencia señala:
    • c)En cuanto a la valoración probatoria intelectiva de la prueba de descargo la Sentencia, señala:
    • Sobre este aspecto la Sentencia en conclusión señala que: “…en definitiva la prueba de descargo
    • e)Bajo el rótulo de: “SUBSUNCIÓN DE LA CONDUCTA DEL QUERELLADO A LOS DELITOS ACUSADOS”, la
    • Pronunciada la Sentencia, Marcelo Bernardo Quintanilla Aguilar, interpone recurso de apelación restringida (fs
    • 3)Señala que el Juez de Sentencia debió fundamentar el valor que asignó al contenido de
    • 4)El Juez de Sentencia, no dio las razones necesarias del por qué consideró a las
    • II.4 Auto de Vista
    • Tal recurso es resuelto a través del Auto de Vista 22/13 de 12 de agosto
    • ii)En torno a la aplicación de la sana crítica, identifica ambigüedad y contradicción en la
    • El Auto de Vista proyecta la siguiente proposición: “…a) un cuñado por ser testigo tiene
    • iii)Sobre el reclamo de falta de fundamentación, señala que la Sentencia no tomó en cuenta
    • III
    • El recurrente alega que el Tribunal de alzada revalorizó prueba consistente en las declaraciones de
    • (…) debe especificar con claridad el quebrantamiento de las reglas de la sana crítica, vale
    • (…) con la facultad que confiere al Tribunal Supremo el Art
    • Es situación común en ambos precedentes la postura uniforme adoptada por este Tribunal Supremo en
    • En esa dirección, el Tribunal de alzada tiene el deber de realizar un control de
    • En el presente caso, el recurrente manifiesta que el Tribunal de alzada otorgó nuevo valor
    • En consecuencia, se establece que, el Tribunal de alzada no otorga un nuevo valor a
    • Esta operación, no desciende a ofrecer una opinión sobre los hechos o bien sobre las
    • III.2 Sobre la denuncia de incongruencia del Auto de Vista
    • En este segundo motivo, el recurrente califica a la Resolución que impugna como incongruente e
    • Indica que los tres hechos son contrarios a la doctrina legal del Auto Supremo 340
    • El Auto Supremo 340 de 28 de agosto de 2006, sentó la siguiente doctrina legal:
    • El juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento
    • La doctrina glosada fue asumida al advertirse que en el Auto de Vista que fuera
    • Ingresando al análisis en el presente recurso, se tiene en relación al primer reclamo sobre
    • Sobre el reclamo de incluir en su parte resolutiva a la Vocal Marizabel Vásquez, cuando
    • Finalmente, sobre la no especificación en la parte resolutiva de la Sentencia anulada, se tiene
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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