Auto Supremo AS/0284/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2013-RRC

Fecha: 04-Nov-2013

Finalmente, sobre la no especificación en la parte resolutiva de la Sentencia anulada, se tiene


Finalmente, sobre la no especificación en la parte resolutiva de la Sentencia anulada, se tiene que si bien es evidente que el Tribunal de alzada señala “…no siendo posible que tal efecto pueda ser reparado por este Tribunal ANULA la Sentencia totalmente…”, no es menos cierto que tanto en el exordio como en la parte introductoria del fallo, dentro del primer considerando, se identifica el proceso en específico y se detalla que el Juzgado Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, pronunció la Sentencia 01/2013; de tal cuenta realizando una contextualizada e integral revisión y lectura de la Resolución impugnada en casación, se tiene que este reclamo carece de basamento tanto fáctico como legal, ya que por un lado el recurrente alude que se tratase de una resolución incompleta por no señalarse cuál la Sentencia anulada, y que este hecho transgrede “derechos y garantías constitucionales particularmente de la víctima reconocido en el art. 121 parágrafo ínfimo de la CPE” (sic) sin fundamentar cuál el agravio que la omisión de esa forma le causara, menos aún fundamenta cuál en específico el derecho restringido o conculcado, y menos aún cuál la transcendencia constitucional emergente de la denuncia