Auto Supremo AS/0284/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2013-RRC

Fecha: 04-Nov-2013

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el


Por lo referido se concluye que la Resolución impugnada no incurre en contradicción con el Auto Supremo 340 de 28 de agosto de 2006, citado por el recurrente como precedente contradictorio, al no concurrir una situación de hecho similar, habida cuenta que en el presente caso, el error existente en la parte introductoria no determina que la Resolución impugnada resulte confusa o incongruente, pues en la parte considerativa y resolutiva, se refiere al recurso de apelación restringida formulado por el imputado; además, al resolver el recurso, especifica el sentido de su procedencia al anular la sentencia y ordenar la reposición del juicio en grado de reenvío ante el Juez Primero de Sentencia.

POR TANTO

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Carlos Jacinto Mendizábal Mendoza, cursante de fs. 107 a 111 vta