a)El Tribunal de Apelación anuló obrados aduciendo la excepción de incompetencia opuesta por el co-demandado
1.En el fondo, la jurisprudencia sentada tanto por la Ex Corte Suprema como por el actual Tribunal Supremo de Justicia, ha establecido de manera uniforme en sus reiterados fallos en el sentido de que contra una Resolución de Alzada anulatoria no procede recurso de casación en el fondo, sino únicamente en la forma, destinado a que el Tribunal de Casación revise si los motivos que dieron lugar a la nulidad dispuesta son o no correctos; como es lógico, el Tribunal de Alzada al anular obrados no ingresa a considerar aspectos sobre el fondo del asunto propiamente dicho, lo hace simplemente por cuestiones de forma o de procedimiento.
En el caso de Autos, la recurrente al haber interpuesto recurso de casación en el fondo contra una resolución anulatoria solicitando se “case y anule” el Auto de Vista recurrido, no ha comprendido la naturaleza del fallo deduciendo equivocadamente la impugnación por este medio, encontrándose este Tribunal Supremo en la imposibilidad de ingresar a considerar aspectos de fondo, por cuya razón las cuestiones y pretensiones que corresponden al recurso de casación en el fondo, deviene en improcedente.
2.El recurso de casación en la forma discurre en los siguientes puntos:
a)El Tribunal de Apelación anuló obrados aduciendo la excepción de incompetencia opuesta por el co-demandado la cual el declararse improbada se concedió la apelación en efecto diferido, con lo que pretende que la procedencia o no de la incompetencia se dirima en sentencia
En el caso de Autos, la recurrente al haber interpuesto recurso de casación en el fondo contra una resolución anulatoria solicitando se “case y anule” el Auto de Vista recurrido, no ha comprendido la naturaleza del fallo deduciendo equivocadamente la impugnación por este medio, encontrándose este Tribunal Supremo en la imposibilidad de ingresar a considerar aspectos de fondo, por cuya razón las cuestiones y pretensiones que corresponden al recurso de casación en el fondo, deviene en improcedente.
2.El recurso de casación en la forma discurre en los siguientes puntos:
a)El Tribunal de Apelación anuló obrados aduciendo la excepción de incompetencia opuesta por el co-demandado la cual el declararse improbada se concedió la apelación en efecto diferido, con lo que pretende que la procedencia o no de la incompetencia se dirima en sentencia
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Auto de Vista Nº 24 de 18 de febrero de 2013, cursante de fs
- Por Auto de 22 de marzo de 2013, de fs
- Del contenido del recurso se resume lo siguiente
- En la forma, señala que al haber dejado sin efecto la decisión del Juez A
- Al pretender el Tribunal de Apelación que retorne el proceso al Juez A quo con
- Que, al obligar el Tribunal al Juez A quo a retomar el caso solo porque
- Con dichos antecedentes, formula su petitorio señalando que interpone recurso de casación en el fondo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- a)El Tribunal de Apelación anuló obrados aduciendo la excepción de incompetencia opuesta por el co-demandado
- Al respecto, el art
- b)El Tribunal de Apelación anuló obrados aduciendo el incidente de saneamiento procesal interpuesto por el
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
