Que, al obligar el Tribunal al Juez A quo a retomar el caso solo porque
Que, al obligar el Tribunal al Juez A quo a retomar el caso solo porque existiría un incidente pendiente, no está obrando correctamente por cuanto la solicitud formulada en dicho incidente ya está siendo resuelta satisfactoriamente mediante la declinatoria, salvo que el co-demandado Juan Calle Araya hubiera expresado su disconformidad y solicitado que previamente se resuelva dicho incidente, aspecto que en los hechos no ocurrió, y el Tribunal está actuando de oficio
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- El Auto de Vista Nº 24 de 18 de febrero de 2013, cursante de fs
- Por Auto de 22 de marzo de 2013, de fs
- Del contenido del recurso se resume lo siguiente
- En la forma, señala que al haber dejado sin efecto la decisión del Juez A
- Al pretender el Tribunal de Apelación que retorne el proceso al Juez A quo con
- Que, al obligar el Tribunal al Juez A quo a retomar el caso solo porque
- Con dichos antecedentes, formula su petitorio señalando que interpone recurso de casación en el fondo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- a)El Tribunal de Apelación anuló obrados aduciendo la excepción de incompetencia opuesta por el co-demandado
- Al respecto, el art
- b)El Tribunal de Apelación anuló obrados aduciendo el incidente de saneamiento procesal interpuesto por el
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: sexto
