Auto Supremo AS/0581/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0581/2013

Fecha: 15-Nov-2013

Prosiguiendo con su alusión recursiva señala que si alguna de las partes consideraban que el

Luego acusa la vulneración del art. 2 -4) de la Ley del Órgano Judicial en cuanto se refiere al derecho a la certidumbre y previsibilidad de todos los actos de la administración de justicia, en relación a los arts. 16 y 17 de la misma ley. En ello afirma que ni él ni el defensor de oficio efectuaron reclamo alguno sobre el intrascendente error de taipeo que motivo la nulidad que ahora impugna, por ello considera que el simple error referido no violó el derecho a la defensa de ninguna de las partes, cuestión no fundamentada por el Tribunal Ad quem, lo que hace que su resolución sea ilegal.
Prosiguiendo con su alusión recursiva señala que si alguna de las partes consideraban que el error de taipeo causaba agravio, se tenía la posibilidad de observarlo dentro el plazo previsto sin embargo ninguno consideró que eso le causaba agravio, y luego pide que se considere los plasmado en la SC 0508/2013, presupuestos de nulidad, y A.S. 426/2013