Auto Supremo AS/0620/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0620/2013

Fecha: 29-Nov-2013

Al haberse dictado oficiosamente el Auto definitivo y ratificado por el Auto de Vista los

Al haberse dictado oficiosamente el Auto definitivo y ratificado por el Auto de Vista los Tribunales de instancia infringieron el art. 679 del Código Civil y los arts. 90, 188 núm. 1 y 2 del Código de Procedimiento Civil , por no guardar congruencia con las pretensiones de las partes y por haberse otorgado más de lo pedido y no haberse pronunciado sobre los puntos a resolver