Auto Supremo AS/0650/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0650/2013

Fecha: 20-Nov-2013

Pues si bien en el caso de Autos el juzgador realizó numerosas suspensiones y en


Pues si bien en el caso de Autos el juzgador realizó numerosas suspensiones y en algunos casos por más de 10 días, ingresando en violación del principio de continuidad que rige el juicio oral, público y contradictorio, constituyendo en cierta medida actos dilatorios, empero no es menos cierto que no se evidencia dispersión de pruebas, por lo que el Tribunal de Alzada, puede apartarse excepcionalmente en el caso concreto de la jurisprudencia señalada en mérito al principio de celeridad, sin dejar de ejercitar las facultades que le confiere la Ley, e ingresar a resolver el fondo de la problemática planteada para resolver concretamente la situación jurídica del imputado