Dicho fallo motivó el recurso de casación y/o nulidad en el fondo y en la
I. 2. Recurso de Casación:
Dicho fallo motivó el recurso de casación y/o nulidad en el fondo y en la forma de fs. 107 y vlta., interpuesto por la representación legal de la empresa demandada, en cuyo contenido se tienen anotados los siguientes puntos:
a) Que el Auto de Vista infringió el artículo 253. 1) y 3) del Código de Procedimiento Civil, al realizar aplicación indebida e interpretación errónea de la Ley, al no aplicar e interpretar correctamente los alcances del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 11478 de 16 de mayo de 1974, que establece que la pérdida de los beneficios sociales en aplicación de los artículos 16 de la Ley General del Trabajo y 9 de su Decreto Reglamentario, sólo se aplican al quinquenio vigente sin afectar a los anteriores, situación que en el caso señaló que ocurrió, por cuanto los actores han incurrido en la causal establecida en el artículo 16. F) de la Ley General del Trabajo y 9.f) de su Decreto Reglamentario, al haberse retirado voluntariamente del trabajo, de modo que a los actores solo les correspondería el pago de la indemnización por los diez años de servicio
Dicho fallo motivó el recurso de casación y/o nulidad en el fondo y en la forma de fs. 107 y vlta., interpuesto por la representación legal de la empresa demandada, en cuyo contenido se tienen anotados los siguientes puntos:
a) Que el Auto de Vista infringió el artículo 253. 1) y 3) del Código de Procedimiento Civil, al realizar aplicación indebida e interpretación errónea de la Ley, al no aplicar e interpretar correctamente los alcances del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 11478 de 16 de mayo de 1974, que establece que la pérdida de los beneficios sociales en aplicación de los artículos 16 de la Ley General del Trabajo y 9 de su Decreto Reglamentario, sólo se aplican al quinquenio vigente sin afectar a los anteriores, situación que en el caso señaló que ocurrió, por cuanto los actores han incurrido en la causal establecida en el artículo 16. F) de la Ley General del Trabajo y 9.f) de su Decreto Reglamentario, al haberse retirado voluntariamente del trabajo, de modo que a los actores solo les correspondería el pago de la indemnización por los diez años de servicio
- Que tramitado el proceso de conformidad a las normas del Código Procesal del Trabajo como
- En apelación deducida por la parte demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación y/o nulidad en el fondo y en la
- b) Que el fallo recurrido también incurrió en la causal de casación en la forma
- c) Finalmente, que la resolución contra la cual se recurre, ha sido pronunciado alterando el
- II. 1. Fundamentos jurídicos del fallo
- Respecto al recurso de casación en la forma
- Revisado el fallo recurrido en relación al recurso de apelación cursante de fs
- A mayor abundamiento, cabe señalar que si bien la parte recurrente refiere que los certificados
- Por otra parte, respecto a que la resolución recurrida habría sido pronunciada alterando el
- Respecto a que el Auto de Vista habría sido emitido fuera del plazo establecido por
- En mérito a lo anotado, y advirtiendo que los puntos recurridos en cuanto a la
- Por otra parte, en cuanto al fondo de la problemática recurrida, cuya observación radica respecto
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los artículos 271
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
