Auto Supremo AS/0674/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0674/2013

Fecha: 11-Nov-2013

Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs

I.2 Recurso de casación:
Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs. 245 a 246 vlta., interpuesto por Juan R. Seborga Miranda, representante legal de la institución demandada; así también, la presentación del recurso de casación de fs. 252 a 256 vlta, interpuesto por Luis Paz Martínez, en su calidad de demandante, que en lo sustancial de su contenido acusaron:
I.2.1 Recurso de casación formulado por la Caja Nacional de Salud (fs. 245 a 246 vlta.):
1.- Que, no es correcto el reintegro de un año de beneficios sociales, señaló que los de grado determinaron que el tiempo de trabajo del actor fue de 18 años y 6 meses, de los cuales descontaron los dos años y dos meses de interrupción se habría pagado menos un año de indemnización, disponiendo que ese año de indemnización deba ser pagado.
2.- Acusó también, que la determinación del cálculo de la indemnización en Bs. 7.475,00.- no es correcto puesto que el artículo 19 de la Ley General del Trabajo, expresa que el mismo se hará de conformidad a los 3 últimos sueldos, siendo que el término medio del salario percibido por el actor de conformidad a las literales de fs. 76-77 es de Bs. 1.102,07.-, sueldo que percibía el año 1991 cuando se lo liquidó