Auto Supremo AS/0674/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0674/2013

Fecha: 11-Nov-2013

Que así formulados ambos recursos de casación, de la revisión de los antecedentes cursantes en

Concluyó pidiendo se case el Auto de Vista, deliberado en el fondo se revoque la Sentencia disponiéndose el pago de los beneficios sociales por tiempo completo desde el 1 de diciembre de 1976 a junio de 1991, imponiéndose costas en todas las instancias.
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo:
Que así formulados ambos recursos de casación, de la revisión de los antecedentes cursantes en el expediente, la normativa aplicable al caso concreto, se ingresa a resolver ambos recursos conforme a la fundamentación que sigue:
II.1.1 En relación al recurso de casación presentado por la institución demandada (fs. 245 a 246 vlta.):
Por una parte, la Caja Nacional de Salud cuestiona, el reintegro dispuesto por el a quo confirmado por el ad quem; al respecto es necesario dejar presente, que el recurso de casación en cualquiera de sus formas se equipara a una demanda nueva de puro derecho, cuya fundamentación legal debe ser totalmente clara y precisa, además de congruente con las pretensiones de quien la interpone, en este punto el recurrente se limita hacer una pequeña síntesis del fundamento del Auto de Vista para concluir que: el reintegro no es correcto”, no indica en que consiste el error, conforme lo señala el artículo 258. 2 del Código de Procedimiento Civil, impidiendo a este Tribunal a entrar en mayores consideraciones en este punto