Auto Supremo AS/0682/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0682/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Finalmente, refirió que las autoridades de Instancia equivocaron su interpretación al señalar que por el

Finalmente, refirió que las autoridades de Instancia equivocaron su interpretación al señalar que por el pago de sus beneficios sociales debe aplicarse la Ley Nº 004 de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, la Ley SAFCO o Decreto Supremo Nº 23318 A, toda vez el recurrente señala que en su caso no hubo corrupción, sino se le habría cancelado sus beneficios sociales por un periodo real de trabajo, y con superabundante retraso; siendo aplicable la multa del 30% y desahucio