Del memorial de fs. 447 a 453, se extraen los siguientes motivos
b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado presentó recurso de apelación restringida (fs. 393 a 401 vta.), siendo resuelto por Auto de Vista 129 de 12 de agosto de 2013 (fs. 433 a 437 vta.), que declaró improcedente el recurso y confirmó la Sentencia.
c)Notificado el recurrente con el Auto de Vista el 13 de septiembre de 2013 (fs. 438), interpuso el recurso de casación que es motivo de autos, el 20 del mismo mes y año.
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 447 a 453, se extraen los siguientes motivos:
1)El recurrente refiere que los motivos presentados en su apelación restringida no fueron atendidos por el Tribunal de alzada, el cual vulneró sus derechos y garantías constitucionales establecidos en la Constitución Política del Estado (CPE), incurriendo en defectos absolutos, ya que en el proceso existe la querella que fue introducida como prueba, con la que nunca fue notificado, por lo que pudo objetarla; es más, en dicha acusación particular se ofreció prueba recibiéndose las declaraciones de testigos falsos, aspecto que no fue tomado en cuenta por el Tribunal de apelación, lo que contradice el Auto Supremo 368 de 17 de septiembre de 2005, en vulneración de sus derechos reclamados oportunamente.
2)Denuncia que, el día de la lectura de Sentencia no fue conducido a la audiencia, como se establece del informe del secretario, lo que constituye defecto de sentencia; además, que no se dio cumplimiento al art. 361 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al haber perdido competencia el Tribunal de Sentencia, respecto a la obligatoriedad de dar lectura a la Sentencia dentro del plazo máximo de tres días. Con este antecedente, reproduciendo parte del Auto Supremo 131 de 13 de mayo de 2005, referido a que la Sentencia además de ser motivada, está conformada por la parte considerativa y resolutiva, expresa que el incumplimiento del citado plazo acarrea la pérdida de competencia porque vulnera el debido proceso, sin que haya sido valorado ni resuelto conforme a derecho por el tribunal de apelación
- Por memorial presentado el 20 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de fs. 447 a 453, se extraen los siguientes motivos
- 4)Argumenta, que en el recurso de apelación restringida, reclamó la vulneración de sus derechos y
- 5)Refiere que, en la apelación restringida reclamó el defecto de Sentencia previsto en el art
- 6)Relata en cuanto a los defectos de sentencia previstos en el art
- 7)Señala que, la base de la Sentencia es la declaración de la víctima, el informe
- Finalmente, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista y se anule la sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación a los motivos primero, cuarto y quinto del recurso, establecidos en los incs
- En el segundo motivo el recurrente en lo sustancial alega que el Tribunal de Sentencia
- Respecto al tercer motivo del recurso deducido en el inc
- Similar tratamiento merece el séptimo motivo del recurso sujeto a análisis, habida cuenta que el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
