iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación subjetiva del recurrente respecto a cómo cree que debió ser resuelta la alegación; sino, la adecuación del recurso indefectiblemente a la normativa legal, para que a partir de ello, este Tribunal de Justicia, pueda cumplir con su competencia (art. 419 del CPP), sin que pueda considerarse a este medio de impugnación una nueva oportunidad de revisión del fallo de mérito.
iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente contradictorio deberá ser invocado a tiempo de su interposición; a menos que la sentencia le fuera inicialmente favorable a la parte y por lo tanto aquella resolución judicial no le genere agravio alguno, sino que éste surge en apelación cuando se dictó el Auto de Vista; caso en el cual, el recurrente tiene la carga procesal de invocar el precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación
- Por memorial presentado el 20 de septiembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de fs. 447 a 453, se extraen los siguientes motivos
- 4)Argumenta, que en el recurso de apelación restringida, reclamó la vulneración de sus derechos y
- 5)Refiere que, en la apelación restringida reclamó el defecto de Sentencia previsto en el art
- 6)Relata en cuanto a los defectos de sentencia previstos en el art
- 7)Señala que, la base de la Sentencia es la declaración de la víctima, el informe
- Finalmente, solicita se deje sin efecto el Auto de Vista y se anule la sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación a los motivos primero, cuarto y quinto del recurso, establecidos en los incs
- En el segundo motivo el recurrente en lo sustancial alega que el Tribunal de Sentencia
- Respecto al tercer motivo del recurso deducido en el inc
- Similar tratamiento merece el séptimo motivo del recurso sujeto a análisis, habida cuenta que el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
