Del memorial de casación que cursa de fs
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de casación que cursa de fs. 167 a 174 se extraen los siguientes motivos:
Previo a desarrollar sus denuncias, las recurrente refiere que el art. 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE) confiere el derecho a la defensa y que pese a las exigencias formales para su admisión, la doctrina legal establece que cuando se evidencie violaciones flagrantes al procedimiento y defectos absolutos insubsanables en la resolución, el Tribunal de casación debe reencaminar el debido proceso, en este caso debido a que el Tribunal de alzada atentó contra el debido proceso, al respecto el Auto Supremo 97 de 18 de febrero de 2004, dispone la revisión excepcional y de oficio
- Por memorial presentado el 6 de noviembre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)La citada Sentencia fue recurrida en apelación restringida por la imputada (fs
- c)Notificada la recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 30 de octubre 2013 (fs
- Del memorial de casación que cursa de fs
- 1)La recurrente intitulando “INOBSERVANCIA Y ERRONEA INTERPRETACION DE LA LEY SUSTANTIVA” (sic) y copiando un
- 2)Denuncia, que se le privó en juicio oral la estrategia de su defensa, en razón
- que no hace posible su consideración razonable y menos sustentable (TEXTUAL)” (sic), lo cual demuestra
- 4)Señala, en el apartado “SOBRE LAS EXCEPCIONES E INCIDENTES” (sic) que planteó su recurso de
- Con estos argumentos, la recurrente solicita la nulidad del Auto de Vista y se declare
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumple con el primer requisito
- Previamente a la verificación de los demás requisitos, es necesario precisar que la recurrente realiza
- Con referencia al cumplimiento de los demás requisitos exigidos por los arts
- En el tercer motivo, la recurrente denuncia que en la parte considerativa de la sentencia
- Finalmente en relación al cuarto motivo, se tiene que la recurrente denuncia que la juzgadora
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
