Auto Supremo AS/0332/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2013-RA

Fecha: 16-Dic-2013

En el tercer motivo, la recurrente denuncia que en la parte considerativa de la sentencia


En el tercer motivo, la recurrente denuncia que en la parte considerativa de la sentencia se sostuvo cinco hechos probados, en sentido de que como imputada se valió de la confianza dispensada por José Sánchez Aguilar, pese a que la confianza fue depositada a favor de “SANINCO S.R.L.” a quien se le otorgó dicho crédito, por ende, la tipicidad del hecho es falsa y contradictoria, por lo que criterio de la recurrente se habría incurriendo en un defecto de sentencia. Con este antecedente, refiere que esta denuncia no fue absuelta por el Tribunal de apelación, fundamentando con precisión que el Auto de Vista impugnado, resulta contradictorio al Auto Supremo 562/2004, del cual se establecería la obligación que tienen los vocales de fundamentar sus resoluciones; consiguientemente, al darse cumplimiento con los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 de la norma adjetiva penal, deviene el análisis de fondo del presente motivo