Que la recurrente, en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos
CONSIDERANDO II: (Motivos del recurso de casación)
Que la recurrente, en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos:
1. Errónea aplicación de la ley sustantiva penal y contradicción entre la parte considerativa y dispositiva. El Juez de Sentencia, el Tribunal de Alzada y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia hicieron un análisis errado, fuera de toda lógica y contexto, olvidando o ignorando la jurisprudencia unificada en cuanto al artículo 351 del Código Penal, colocando de base el abuso de confianza como elemento principal del despojo, situación aberrante e ilógica conforme se infiere del Auto Supremo Nro. 13 de 27 de enero de 2007 que se encuentra relacionado a la mala fundamentación y errada conceptualización del citado artículo 351
Que la recurrente, en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos:
1. Errónea aplicación de la ley sustantiva penal y contradicción entre la parte considerativa y dispositiva. El Juez de Sentencia, el Tribunal de Alzada y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia hicieron un análisis errado, fuera de toda lógica y contexto, olvidando o ignorando la jurisprudencia unificada en cuanto al artículo 351 del Código Penal, colocando de base el abuso de confianza como elemento principal del despojo, situación aberrante e ilógica conforme se infiere del Auto Supremo Nro. 13 de 27 de enero de 2007 que se encuentra relacionado a la mala fundamentación y errada conceptualización del citado artículo 351
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Paulina Jenny Rojas de Pérez (fs
- Contra la citada Sentencia la imputada Paulina Jenny Rojas de Pérez interpuso recurso de apelación
- Posteriormente, en cumplimiento del Auto Supremo descrito precedentemente, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental
- Que la recurrente, en el memorial del recurso de casación, expone los siguientes motivos
- Precisa que el mencionado contrato fue demandado en la vía laboral y que los querellantes
- Citando al autor boliviano Benjamín Miguel Harb, anota que el despojo es un delito doloso,
- 2
- 3
- Que para la admisibilidad del recurso de casación, se debe cumplir con las condiciones formales
- Que analizados los argumentos expuestos por la recurrente, éste Tribunal Supremo considera
- II
- Con referencia a la Sentencia Constitucional Nro
- En consecuencia, de lo referido precedentemente se deduce que el recurso de casación interpuesto,
- POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Por Secretaría de Sala, remítase copias legalizadas de la Sentencia, el Auto de Vista y
- Regístrese y notifíquese
- ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.
