Auto Supremo AS/0348/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0348/2013-RRC

Fecha: 24-Dic-2013

Los recurrentes aducen que en el presente caso el Tribunal de Apelación en el Auto


III.2. Análisis del caso concreto.

Los recurrentes aducen que en el presente caso el Tribunal de Apelación en el Auto de Vista impugnado, que declaró improcedentes los recursos de apelación interpuestos y confirmó la Sentencia apelada, omitió pronunciarse sobre todos los aspectos que fueron materia de impugnación, los mismos que consistían con relación al imputado: i) Inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, porque cuando la Sentencia lo condenó a la pena de cinco años, por la comisión del delito de lesiones graves y, lo absolvió por los delitos de Violación y Homicidio en grado de tentativa, incurrió en incongruencia, pues no fundamentó su participación en el hecho, no se identificó el sujeto activo, basando su decisión en la declaración de la víctima, el hermano de la víctima y un fiscal, aunque ninguno identificó materialmente su participación en el hecho; asimismo afirmó que había contradicción tácita cuando al final de la sentencia se mencionan atenuantes que más parecen agravantes; ii) Inexistencia de fundamentación en la Sentencia, la Sentencia tiene una débil y frágil argumentación porque no existe el criterio valorativo que el juzgador da a las pruebas, luego del proceso de contraste que haga del conjunto probatorio; iii) Contradicción entre la parte resolutiva y considerativa, el juicio se llevó adelante por los delitos acusados, cuál el motivo por el que en la parte dispositiva de la Sentencia refiera que no existen suficientes elementos de prueba generados por los acusadores sobre los tipos penales de Homicidio y Violación en grado de tentativa y, con relación, al delito de Lesiones Graves afirme haber llegado a la convicción plena de su comisión, afirmación que carece de fundamento, por lo que debía anularse la Sentencia y emitirse nueva resolución; iv) La sentencia se basa en hechos inexistentes no acreditados y sobre la valoración de la prueba; la sentencia no contempló una parte referente a la valoración de la prueba, la sana crítica no ha prevalecido con la acuciosidad que permita concluir con un resultado justo. La Sentencia admitió a los acusadores todos los elementos probatorios incorporados ilegalmente al juicio conduciendo a que no se establezca la verdad historia del hecho y se excluyó su prueba que hubiera contribuido a lograr la averiguación de la verdad