Auto Supremo AS/0349/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2013-RRC

Fecha: 27-Dic-2013

Esa Sala mediante Auto 71/2013 de 19 de abril (fs


Auto 71/2013 de 19 de abril.

Esa Sala mediante Auto 71/2013 de 19 de abril (fs. 712 a 714 vta.), declaró improbado el recurso de apelación incidental promovido por los imputados por la negatoria del incidente de actividad procesal defectuosa, cuyo argumento central gravitó sobre una presunta vulneración al derecho a la defensa al existir una base fáctica de posiciones diametralmente opuestas entre las acusaciones pública y particular, impetrando la anulación de la Sentencia. Con ese antecedente el Tribunal de apelación declaró improbada la apelación, en el entendido de que: i) La reserva de apelación fue efectuada en forma y tiempo oportuno; ii) De la revisión de ambas acusaciones se tuvo que acusan el mismo tipo penal (art. 271 del CP), así como su cuadro fáctico es símil; empero, la acusación particular posee un relato de mayor detalle, extremo que no puede ser considerado como contradictorio; iii) Que, no es razonable la aplicación del art. 342 del CPP, toda vez que el Tribunal de grado no puede pasar por alto el precepto contenido en el art. 11 del CPP y la futura determinación de hechos a realizarse en juicio oral, público y contradictorio; iv) El Tribunal de Sentencia, en este específico, no conculcó derechos constitucionales como lo son el debido proceso y el derecho a la defensa